Reglamento UE sobre productos del trabajo forzoso
Reglamento europeo que prohíbe colocar y poner a disposición en mercado UE, o exportar desde mercado UE, productos elaborados con trabajo forzoso. Reglamento (UE) 2024/3015 publicado el 13 de diciembre de 2024.
Contexto
El Reglamento UE de Trabajo Forzoso prohibe colocar y poner a disposición en mercado UE, o exportar desde mercado UE, productos elaborados con trabajo forzoso. Aplica a cualquier operador económico sin umbral de tamaño.
Origen normativo
Reglamento (UE) 2024/3015 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 nov 2024 (CELEX 32024R3015), publicado en DOUE L del 13 dic 2024. Entrada en vigor 13 dic 2024.
Sistema operativo del Reglamento
Base de datos central de la Comisión con regiones/sectores de riesgo identificado de trabajo forzoso.
Investigaciones de autoridades competentes nacionales sobre productos sospechosos.
Carga probatoria invertida en zonas de alto riesgo · la empresa debe demostrar ausencia de trabajo forzoso.
Cronología
Reglamento adoptado
Reglamento (UE) 2024/3015 aprobado por Parlamento y Consejo.
Entrada en vigor
Publicación DOUE L · entrada en vigor inmediata.
Aplicación plena
30 meses tras entrada en vigor · base de datos central operativa.
Caso aplicado
Una marca textil con aprovisionamiento de algodón en regiones de riesgo (Xinjiang, Turkmenistan, Uzbekistan) prepara su due diligence Forced Labor.
Mapa de riesgo: cruza origen del algodón con base de datos central de la Comisión (cuando este disponible).
Audit cadena: solicita evidencia de Better Cotton Initiative + entrevistas independientes con cooperativas locales.
Due diligence reforzada: para orígenes de alto riesgo, prepara dossier con evidencia robusta de ausencia de trabajo forzoso.
Plan de salida: alternativas de origen (Pakistan, India, España) para sustituir gradualmente orígenes de mayor riesgo.
Errores comunes
No es lo mismo que la Uyghur Forced Labor Prevention Act (UFLPA) estadounidense.
La UFLPA presume trabajo forzoso en productos con origen Xinjiang y exige a la empresa demostrar lo contrario. El reglamento UE es geográficamente neutral pero con base de datos de regiones de alto riesgo.
No exime tener un código de conducta firmado.
El reglamento exige evidencia documental verificable, no firmas en código de conducta sin sistema de auditoría detrás.
No solapa exactamente con la CSDDD.
CSDDD es un sistema general de diligencia debida con responsabilidad civil. Forced Labor Regulation es prohibición específica con suspensión de comercialización. Cumplir CSDDD ayuda pero no exonera.
No solo afecta a marcas grandes.
Aplica a cualquier operador económico que comercialice en mercado UE, independientemente de tamaño.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Reglamento UE de Trabajo Forzoso?
Reglamento (UE) 2024/3015 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 nov 2024 (CELEX 32024R3015). Conforme al Art. 1: prohibe a los operadores económicos colocar y poner a disposición en el mercado de la Unión, o exportar desde el mercado de la Unión, productos elaborados con trabajo forzoso.
¿A quien aplica el Forced Labor Regulation?
A cualquier operador económico que comercialice o exporte productos en el mercado UE — sin umbral de tamaño ni sector. Aplica a marcas textiles que importan de regiones con riesgo identificado de trabajo forzoso (incluida region de Xinjiang según reportes UN OHCHR 2022).
¿Cómo se cumple el Forced Labor Regulation?
Conforme al sistema operativo: (i) base de datos central de la Comisión con regiones/sectores de riesgo, (ii) investigaciones de autoridades competentes nacionales, (iii) carga probatoria invertida en zonas de alto riesgo (la empresa debe demostrar ausencia trabajo forzoso). Adicionalmente: alineación con CSDDD para evitar duplicidades.
¿Cuándo entra en vigor el Forced Labor Regulation?
Aplicación plena 30 meses después de la entrada en vigor del Reglamento (~jun 2027). En el período transitorio se establece la base de datos central, se nombran autoridades nacionales y se publican guías operacionales. Empresas deben preparar trazabilidad multi-tier desde 2026.
¿Cuál es la diferencia entre Forced Labor Regulation y CSDDD?
Forced Labor Regulation prohibe directamente productos con trabajo forzoso (régimen específico, prohibición comercial). CSDDD obliga a aplicar diligencia debida transversal sobre derechos humanos y ambiente (régimen general, behavior). Forced Labor exige resultado (no comercializar); CSDDD exige proceso (verificar y remediar).
Fuentes oficiales
- Parlamento Europeo y Consejo · DOUE27 nov 2024Norma vigente
- Comisión Europea · DG GROW · DG TRADE2024-2026Información oficial
- Organización Internacional del Trabajo2024Marco internacional

