Reglamento CLP de Clasificación, Etiquetado y Envasado
Reglamento europeo que adopta el sistema GHS de Naciones Unidas para clasificar, etiquetar y envasar productos químicos peligrosos. Reglamento (CE) 1272/2008 publicado en DOUE L 353.
Contexto
CLP (Classification, Labelling and Packaging of substances and mixtures) es el reglamento europeo que adopta el sistema GHS de Naciones Unidas para clasificar, etiquetar y envasar productos químicos peligrosos. Codificado en el Reglamento (CE) 1272/2008.
Origen normativo
Reglamento (CE) 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, publicado en DOUE L 353 el 31 dic 2008. Modificado regularmente para incorporar revisiones del GHS UN.
Los 28 clases de peligro CLP (Anexo I)
16 clases de peligros físicos (parte 2): explosivos, gases inflamables, comburentes, etc.
10 clases de peligros para la salud (parte 3): toxicidad aguda, corrosión, sensibilización, CMR carcinogenicidad/mutagenicidad/reproducción.
1 clase ambiental acuática (parte 4): peligro para el medio ambiente acuático.
1 clase capa de ozono (parte 5).
Aplicación al textil
CLP aplica a sustancias y mezclas químicas (tintes, mojantes, retardantes de llama) que la marca textil compra como input. NO aplica a artículos textiles terminados que llevan simbolos de cuidado bajo ISO 3758 (sistema visual distinto).
Cronología
CLP adoptado
Reglamento (CE) 1272/2008 publicado en DOUE L 353.
Aplicación sustancias
Sustancias químicas se reclasifican bajo CLP.
Aplicación mezclas
Mezclas químicas se reclasifican bajo CLP plenamente.
Reglamento 2024/2865
Nuevas clases ED-HH, ED-ENV, PBT/vPvB, PMT/vPvM aplicables progresivamente.
Caso aplicado
Una marca textil recibe Safety Data Sheets de sus 18 proveedores químicos para su tintura interna. Verifica el etiquetado CLP de cada uno.
Verifica que cada SDS contenga sección 2 con clasificación CLP completa: clase de peligro + categoría + indicaciones H y P + pictogramas GHS.
3 colorantes clasificados Carc. 1B con H350 (puede provocar cáncer) · pictograma GHS08 · sustituidos por alternativas Carc. 2 o no-CMR.
2 mojantes con H317 (sensibilización cutánea) · mantenidos pero con EPI obligatorio reforzado para operarios y registro de exposición.
Reporting interno: matriz de productos químicos con clasificación CLP completa · revisado anualmente con renovación de SDS.
Errores comunes
CLP no es REACH.
Son reglamentos paralelos complementarios. REACH cubre registro y autorización de sustancias. CLP cubre clasificación, etiquetado y envasado de la misma sustancia. Operan en conjunto pero sus obligaciones son distintas.
CLP no aplica solo a productos químicos vendidos como tales.
Aplica a sustancias y mezclas. Una mezcla de tinte + agua en bidón industrial es mezcla regulada CLP.
Los pictogramas CLP no son sello de seguridad.
Indican peligro identificado con criterios estandarizados. Su presencia no significa producto seguro: significa peligro identificado y comunicado.
El SDS no es opcional.
Es obligación legal del proveedor entregarlo al receptor downstream. La marca textil puede rechazar materiales sin SDS conforme.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Reglamento CLP?
Reglamento (CE) 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (CLP), publicado en DOUE L 353 (31.12.2008). Adopta en el Derecho UE el sistema GHS de Naciones Unidas para clasificar y etiquetar productos químicos peligrosos.
¿Quién debe aplicar el CLP?
Cualquier fabricante, importador, formulador o distribuidor de sustancias o mezclas químicas peligrosas en mercado UE — incluyendo el sector textil para tintes, mojantes, retardantes de llama, acabados DWR. La obligación CLP es del proveedor; la marca textil verifica que las fichas técnicas (SDS) que recibe son CLP-conformes.
¿Cuál es la diferencia entre CLP y REACH?
REACH es marco general de control químico (registro, evaluación, autorización, restricción). CLP es la implementación del sistema GHS para clasificación + etiquetado + envasado. REACH es el "que controlar"; CLP es el "como clasificar y etiquetar". Coexisten — un químico cumple ambos.
¿Qué sanción hay por incumplir CLP?
Sanciones definidas por cada Estado miembro. En España (Ley 8/2010): multas hasta 1.200.000 EUR + obligación de retirada del producto + posible acción penal en infracciones graves (puesta en peligro de salud humana o medio ambiente).
Fuentes oficiales
- Parlamento Europeo y Consejo · DOUE16 dic 2008 (vigente)Norma vigente
- European Chemicals Agency2024Información oficial
- European Chemicals Agency2024Base regulatoria

