Green Claims Directive — Propuesta COM(2023) 166 final (alegaciones medioambientales explícitas verificables)
Propuesta COM(2023) 166 final (22 mar 2023) sobre justificación de alegaciones medioambientales explícitas. Anade verificación previa independiente; opera como lex specialis frente a la ECGT.
Contexto
La Green Claims Directive (GCD) es la propuesta de la Comisión Europea para regir la justificación y comunicación de alegaciones medioambientales explícitas. Su nucleo operativo es exigir que cualquier alegación ambiental explícita (textual o contenida en una etiqueta medioambiental) sobre un producto o un comerciante este sustanciada con evidencia y verificada previamente por un organismo verificador independiente antes de su comunicación al consumidor. Al cierre de este término (mayo 2026) la propuesta esta en tramitación legislativa, no aprobada.
Origen normativo y estatus jurídico
Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la justificación y comunicación de alegaciones medioambientales explícitas (Directiva sobre alegaciones ecológicas), Bruselas 22 de marzo de 2023, COM(2023) 166 final, procedimiento 2023/0085 (COD). ELI canónica `https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52023PC0166`. Naturaleza jurídica al cierre: propuesta legislativa de la Comisión en procedimiento de codecisión con el Parlamento Europeo y el Consejo. Base jurídica Art. 114 TFUE (armonización del mercado interior).
Relación lex specialis / lex generalis con la ECGT
«La presente propuesta establece normas más específicas (lex specialis) y completa los cambios propuestos en la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales (lex generalis). Ambas propuestas tienen por objeto abordar un conjunto comun de problemas mediante la aplicación de diferentes elementos del mismo paquete de medidas preferido.»
Ver cita literal en inglés
“This proposal lays down more specific (lex specialis) rules and complements the changes proposed in the Unfair Commercial Practices Directive (lex generalis). Both proposals aim to address a common set of problems by applying different elements of the same preferred policy package.”
Definiciones nucleares (Art. 2 propuesta)
«Alegación medioambiental»
: alegación medioambiental tal como se define en el Art. 2, letra o), de la Directiva 2005/29/CE (UCPD modificada por ECGT).«Alegación medioambiental explícita»
: alegación medioambiental enunciada en formato textual o contenida en una etiqueta medioambiental.«Etiqueta de sostenibilidad»
: etiqueta de sostenibilidad tal como se define en el Art. 2, letra r), de la Directiva 2005/29/CE.«Etiqueta medioambiental»
: etiqueta de sostenibilidad que abarca única o predominantemente los aspectos medioambientales de un producto, un proceso o un comerciante.«Verificación»
: proceso de evaluación de la conformidad llevado a cabo por un verificador para verificar si la justificación y la comunicación de las alegaciones medioambientales explícitas o si los sistemas de etiquetado medioambiental cumplen lo dispuesto en la propuesta.«Información primaria»
: información que el comerciante mide o recopila directamente de una o varias instalaciones que sean representativas de las actividades del comerciante.
Obligaciones nucleares (Art. 3 propuesta)
Justificación sobre pruebas científicas ampliamente reconocidas, con información precisa y considerando normas internacionales pertinentes.
Demostración de que los impactos, aspectos o comportamientos medioambientales objeto de la alegación son significativos desde el punto de vista del ciclo de vida.
Determinación de si la mejora alegada causa perjuicio significativo a otros impactos medioambientales (clima, recursos, agua, contaminación, biodiversidad, bienestar animal, ecosistemas).
Separación de las compensaciones de emisiones de GEI utilizadas de las propias emisiones del producto o comerciante.
Verificación previa por verificador independiente antes de comunicar la alegación al consumidor (Art. 10 propuesta).
Cronología
Adopción COM(2023) 166 final
La Comisión Europea adopta la propuesta de Directiva sobre alegaciones medioambientales explícitas en Bruselas.
Tramitación legislativa
Procedimiento 2023/0085 (COD) en codecisión con Parlamento y Consejo.
Adopción final
Aprobación del texto definitivo por Parlamento y Consejo. Plazo de transposición y aplicación previsiblemente alineado con ECGT (27 sep 2026) o posterior según negociación.
Caso aplicado
Una marca textil con catálogo de prendas etiquetadas con alegaciones explícitas sobre porcentaje de fibra reciclada y reducción de huella de carbono anticipa el régimen GCD.
Inventario de alegaciones explícitas: identifica todas las alegaciones medioambientales explícitas (textuales o en etiqueta medioambiental) presentes en web, packaging, fichas de producto y comunicación comercial. Distingue alegaciones genéricas (vetadas por ECGT desde 27 sep 2026) de alegaciones explícitas (sujetas a futura GCD).
Sustanciación documental: para cada alegación explícita prepara la base probatoria conforme al Art. 3 propuesta (pruebas científicas reconocidas, significancia desde el ciclo de vida vía LCA con metodología PEFCR, evaluación de no perjuicio significativo, separación de compensaciones de las emisiones propias).
Estrategia de verificación: identifica organismos verificadores independientes candidatos (entidades acreditadas conforme al Reg. (CE) 765/2008) para preparar el procedimiento de verificación previa del Art. 10 propuesta.
Articulación ECGT: mantiene cumplimiento estricto de la ECGT en la transición (no usar alegaciones genéricas
«green»
,«eco-friendly»
,«sostenible»
; no usar sellos sin esquema verificable; no anunciar neutralidad climática basada en compensaciones). La GCD anadira el régimen de verificación previa sobre las alegaciones explícitas que sigan siendo permitidas.
Errores comunes
La Green Claims Directive NO esta aprobada: es propuesta en tramitación.
Al cierre de este término (mayo 2026) la propuesta esta en codecisión legislativa con el Parlamento Europeo y el Consejo bajo procedimiento 2023/0085 (COD). No es derecho aplicable. Las marcas no están obligadas hoy por sus disposiciones. Confundir el estatus jurídico es error frecuente: muchos artículos divulgativos hablan de la GCD como si fuera vinculante. La pieza vinculante hoy en greenwashing es la ECGT (Dir. (UE) 2024/825) aplicable desde 27 sep 2026.
La GCD NO duplica la ECGT: son complementarias en relación lex specialis / lex generalis.
La exposición de motivos de la propuesta declara expresamente que la GCD es lex specialis y la ECGT (modificación de la UCPD) es lex generalis. La ECGT prohibe categorías enteras de alegaciones (genéricas, sobre todo el producto cuando solo afecta a un aspecto, basadas en compensaciones, sobre prestaciones futuras sin compromisos verificables) y de sellos (sin esquema de certificación ni autoridad pública). La GCD anadira el régimen de verificación previa por organismo independiente para las alegaciones medioambientales explícitas que sigan siendo permitidas. Las dos piezas operan en planos distintos: prohibición (ECGT) y verificación previa (GCD).
El alcance de la GCD es alegaciones EXPLÍCITAS, no toda comunicación ambiental.
El Art. 2.2 propuesta define
«alegación medioambiental explícita»
como alegación medioambiental enunciada en formato textual o contenida en una etiqueta medioambiental. Las alegaciones implicitas (imágenes, colores verdes, simbolos no textuales) quedan fuera del ámbito específico de la GCD aunque siguen sometidas a la UCPD modificada por ECGT como prácticas potencialmente enganosas.La verificación previa NO la hace una autoridad pública: la hace un verificador acreditado.
El Art. 10 propuesta exige que la verificación la realice un verificador. El Art. 2.11 define verificación como proceso de evaluación de la conformidad llevado a cabo por un verificador. Los Arts. 11 y 13 propuesta exigen que los verificadores sean organismos de evaluación de la conformidad acreditados conforme al Reg. (CE) 765/2008. No es autoridad pública sino organismo privado acreditado (como los organismos certificadores OEKO-TEX o GOTS, pero específicamente para alegaciones medioambientales explícitas).
La GCD NO regula la sustanciación de claims sectoriales específicos (energético, EU Ecolabel): se delega a normas especiales.
La exposición de motivos precisa que la propuesta no regula las alegaciones medioambientales que ya están reguladas por normas específicas de la Unión (etiquetado energético del Reg. (UE) 2017/1369, EU Ecolabel del Reg. (CE) 66/2010, EMAS del Reg. (CE) 1221/2009, sellos textiles oficiales). En esos sectores siguen rigiendo las normas específicas (lex specialissima). La GCD es regla general subsidiaria.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Green Claims Directive?
Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la justificación y comunicación de alegaciones medioambientales explícitas, adoptada por la Comisión Europea el 22 de marzo de 2023 en Bruselas como COM(2023) 166 final, procedimiento 2023/0085 (COD). Aporta un régimen de verificación previa por verificador independiente para alegaciones ambientales explícitas sobre productos o comerciantes.
Esta aprobada la Green Claims Directive?
No al cierre de este término (mayo 2026). Esta en tramitación legislativa en codecisión con el Parlamento Europeo y el Consejo bajo procedimiento 2023/0085 (COD). No es derecho aplicable. La pieza vinculante hoy en greenwashing es la ECGT (Dir. (UE) 2024/825) aplicable desde 27 sep 2026.
En que se diferencia la GCD de la ECGT?
La ECGT (lex generalis, Dir. (UE) 2024/825) prohibe categorías enteras de alegaciones (genéricas, sobre todo el producto cuando solo afecta a un aspecto, basadas en compensaciones, sobre prestaciones futuras sin compromisos verificables) y de sellos (sin esquema de certificación). La GCD (lex specialis, propuesta COM(2023) 166 final) anade el régimen de verificación previa por organismo independiente acreditado para las alegaciones medioambientales explícitas que sigan permitidas. Son complementarias.
¿Qué es alegación medioambiental explícita?
Art. 2.2 propuesta GCD: alegación medioambiental enunciada en formato textual o contenida en una etiqueta medioambiental. Las alegaciones implicitas (imágenes, colores verdes, simbolos no textuales) quedan fuera del ámbito específico de la GCD aunque siguen sometidas a la UCPD modificada por ECGT como prácticas potencialmente enganosas.
¿Quién hace la verificación previa?
Art. 10 propuesta. La verificación la realiza un verificador (Art. 2.11), entendido como organismo de evaluación de la conformidad acreditado conforme al Reglamento (CE) 765/2008. No es autoridad pública sino organismo privado acreditado. Su certificado de conformidad será válido en toda la Unión.
Fuentes oficiales
- Comisión Europea · Bruselas 22.3.202322 mar 2023Propuesta legislativa (en tramitación)
- Parlamento Europeo y Consejo · DOUE OJ L de 6.3.202428 feb 2024Norma vinculante complementaria
- Parlamento Europeo y Consejo · DOUE L 149 de 11.6.200511 may 2005Norma marco vigente
